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Constitución de sociedades en Andorra

Esto conviene a fundadores que quieren una base europea de baja tributación, cerca de la UE sin estar dentro de ella, y que pueden aceptar un proceso de constitución lento y sujeto a autorización, y comprometerse a construir una sustancia local genuina.

Última verificación julio de 2026

De un vistazo

Entidad
Societat Limitada (SL) — sociedad de responsabilidad limitada; el capital se divide en participacions, 1 socio o más
Impuesto de sociedades
Impuesto de sociedades con un tipo nominal del 10% (Impost sobre Societats). Se aplica un tipo efectivo mínimo del 3% a las sociedades con beneficios; las nuevas sociedades que cualifiquen pueden acceder a un tipo reducido del 2% en el primer período impositivo. A 2026.
Plazo de constitución
Unas 6-10 semanas de principio a fin para fundadores extranjeros. Solo la autorización de inversión extranjera (obligatoria para titulares no residentes de más del 10%) lleva unos 10-15 días hábiles; la certificación de nombre, la escritura notarial y la inscripción registral suman el resto.
Capital mínimo
3.000 EUR, íntegramente desembolsados antes de la constitución
Administrador residente
La ley no exige administrador residente; un extranjero no residente puede ser socio único y administrador. En la práctica, la sustancia (oficina local, residencia fiscal de la dirección) importa para los tipos reducidos y para la banca.
Auditoría
La auditoría legal se activa cuando la sociedad supera 2 de 3 umbrales —activo total superior a 3,6 millones de EUR, cifra de negocio anual superior a 6 millones o más de 50 empleados— durante dos ejercicios consecutivos; también es obligatoria si la cifra de negocio supera los 10 millones de EUR dos ejercicios seguidos. La mayoría de las pymes están exentas.
Constitución a distancia
Sí: la constitución puede completarse a distancia mediante poder notarial; la autorización de inversión extranjera puede presentarse en la sede electrónica del Govern d'Andorra (e-tramits). La escritura pública debe otorgarse ante notario andorrano, y se exigen documentos de identidad con KYC, apostillados y traducidos a cada socio extranjero.
Tasa oficial
Tasa de constitución del Registre de Societats Mercantils de unos 1.016,67 EUR para una SL/SLU, más una tasa de reserva de denominación de unos 5,69 EUR; la actividad comercial añade una tasa del Registro de Comercio e Industria de unos 214,21 EUR. Después se aplica una tasa anual de mantenimiento de unos 851 EUR. Los honorarios notariales van aparte. A 2026.
Ideal para
Esto conviene a fundadores que quieren una base europea de baja tributación, cerca de la UE sin estar dentro de ella, y que pueden aceptar un proceso de constitución lento y sujeto a autorización, y comprometerse a construir una sustancia local genuina.

El proceso

  1. Reservar la denominación social ante el Govern d'Andorra y obtener la resolución favorable.
  2. Presentar la autorización de inversión extranjera directa para cada titular no residente de más del 10% (presencialmente o por e-tramits) y esperar la aprobación (unos 10-15 días hábiles).
  3. Otorgar la escritura pública de constitución y los estatutos ante notario andorrano (en persona o mediante poder) y depositar los 3.000 EUR de capital.
  4. El notario presenta la escritura al Registre de Societats Mercantils para su inscripción; después se obtiene el número fiscal (NRT) y, para las sociedades comerciales, la autorización del Registro de Comercio e Industria.
Qué puede salir mal
  • La autorización de inversión extranjera es un filtro duro para los no residentes y la principal fuente de retraso: presupueste semanas, no días, y cuente con requerimientos de documentación adicional.
  • El 10% nominal no es el suelo: se aplica un tipo efectivo mínimo del 3% sobre el beneficio, y los anunciados tipos del 2% para nuevas sociedades o holdings dependen de cumplir condiciones de sustancia y actividad que muchas estructuras pasivas no satisfacen.
  • Abrir la cuenta bancaria andorrana (necesaria para depositar el capital y operar) es en sí un proceso lento y de KYC exigente, y puede alargar el plazo real mucho más allá de las formalidades de constitución.

Preguntas frecuentes

Andorra: ¿cuánto tarda constituir una sociedad?

Unas 6-10 semanas de principio a fin para fundadores extranjeros. Solo la autorización de inversión extranjera (obligatoria para titulares no residentes de más del 10%) lleva unos 10-15 días hábiles; la certificación de nombre, la escritura notarial y la inscripción registral suman el resto.

Andorra: ¿cuánto cuesta constituir una sociedad?

Tasa de constitución del Registre de Societats Mercantils de unos 1.016,67 EUR para una SL/SLU, más una tasa de reserva de denominación de unos 5,69 EUR; la actividad comercial añade una tasa del Registro de Comercio e Industria de unos 214,21 EUR. Después se aplica una tasa anual de mantenimiento de unos 851 EUR. Los honorarios notariales van aparte. A 2026.

Andorra: ¿cuál es el tipo del impuesto de sociedades?

Impuesto de sociedades con un tipo nominal del 10% (Impost sobre Societats). Se aplica un tipo efectivo mínimo del 3% a las sociedades con beneficios; las nuevas sociedades que cualifiquen pueden acceder a un tipo reducido del 2% en el primer período impositivo. A 2026.

Andorra: ¿hace falta un administrador residente?

La ley no exige administrador residente; un extranjero no residente puede ser socio único y administrador. En la práctica, la sustancia (oficina local, residencia fiscal de la dirección) importa para los tipos reducidos y para la banca.

Andorra: ¿se puede constituir a distancia?

Sí: la constitución puede completarse a distancia mediante poder notarial; la autorización de inversión extranjera puede presentarse en la sede electrónica del Govern d'Andorra (e-tramits). La escritura pública debe otorgarse ante notario andorrano, y se exigen documentos de identidad con KYC, apostillados y traducidos a cada socio extranjero.

Andorra: ¿cuál es el capital social mínimo?

3.000 EUR, íntegramente desembolsados antes de la constitución

Andorra: ¿es obligatoria la auditoría?

La auditoría legal se activa cuando la sociedad supera 2 de 3 umbrales —activo total superior a 3,6 millones de EUR, cifra de negocio anual superior a 6 millones o más de 50 empleados— durante dos ejercicios consecutivos; también es obligatoria si la cifra de negocio supera los 10 millones de EUR dos ejercicios seguidos. La mayoría de las pymes están exentas.

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